GRATUIDAD DEL VIAJE DE LOS ACOMPAÑANTES DE PERSONAS CON GRAN DISCAPACIDAD
1. Se incluye entre las personas que pueden viajar en condiciones de gratuidad en Metrovalencia y el TRAM d’Alacant al acompañante de personas de gran discapacidad, entendidas como tales aquellas personas afectadas de una discapacidad igual o superior al 64% que requieran del cuidado de una persona para su desplazamiento.
2. Esta condición de gratuidad afectará a un solo acompañante por viaje, quien deberá efectuar todo el trayecto con la persona de gran discapacidad hasta abandonar las instalaciones de FGV. El acompañante no tendrá que validar ningún título de transporte, por lo que será suficiente con la validación del título realizada por la persona con discapacidad, con las mismas condiciones establecidas para el viaje con menores de diez años.
3. En caso de que la entrada o la salida se produzcan en una estación dotada de líneas de validación, las dos personas pasarán al mismo tiempo por los flaps específicos para PMR y carros infantiles señalados con un vinilo azul, sin dejar un espacio de separación, para evitar que las puertas se cierren antes de que pasen las dos personas.
4. Será necesario llevar la Targeta Mobilitat de FGV o el documento oficial que acredite la gran discapacidad de la persona acompañada, por si lo requiere el personal de FGV para su comprobación; en caso contrario, se aplicará el procedimiento establecido en las Normas de Contabilidad e Intervención de Títulos de Transporte.
ATENCIÓN ESPECÍFICA A PERSONAS CON EL DISTINTIVO “AA” EN LA TARJETA SANITARIA
1. FGV considera necesario proporcionar una atención adecuada y específica a las personas que poseen el distintivo “AA” en las tarjetas SIP. El distintivo “AA” es un recurso sanitario especial para determinadas situaciones de discapacidad, cuyo objetivo es favorecer la accesibilidad y el acompañamiento a personas con discapacidad en los servicios sanitarios.
2. El distintivo AA en la tarjeta personalizada de FGV implicará una atención adaptada por parte de todos los agentes de FGV, como:
a) Tener una sensibilidad específica para estas personas, dedicando el tiempo y el esfuerzo necesario para atender a su discapacidad intelectual o de comunicación grave.
b) Utilizar un lenguaje sencillo, evitar tecnicismos, inspirar seguridad, ayudarle a exponer sus necesidades y a tomar una decisión.
c) Orientarle de una manera fácil y muy concreta sobre los trámites a seguir y a quién debe acudir.
d) En las máquinas automáticas, intervenciones y controles, tener en cuenta los posibles lapsus que estas personas puedan cometer al comprar, recargar o validar su título de transporte.
3. Para facilitar su identificación en la red de FGV, las personas que dispongan del distintivo AA en sus tarjetas sanitarias podrán solicitar que se incorpore dicho distintivo en sus tarjetas personalizadas de FGV. El distintivo AA se añadirá por el agente que emita la tarjeta en el espacio destinado al número de abonado, dejando un espacio en blanco entre el número y el distintivo. Este quedará
grabado en la propia tarjeta y será visible también en los equipos portátiles de supervisión.
4. En caso de que la solicitud se realice por una persona que ya disponga de una tarjeta personalizada, el trámite se realizará inicialmente sin coste alguno, con la misma fecha de caducidad de la tarjeta anterior.
AMBAS MEDIDAS ENTRAN EN VIGOR EL PRÓXIMO 1 DE JUNIO DE 2018